La suspensión de procesos selectivos en curso tras la constitución de los ayuntamientos

La constitución el pasado fin de semana de las nuevas corporaciones locales tras las elecciones de mayo es una buena ocasión para plantear qué consecuencias jurídicas se derivan de la suspensión de procesos de selección de personal en curso. Concretamente lo que aquí se va a tratar es la posibilidad de que, por parte de [...]

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La prórroga de los contratos y el derecho del contratista a la revisión del precio

En esta entrada se trata sobre la incidencia del mecanismo de revisión del precio del contrato en los supuestos de prórroga del contrato.

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El permiso de seis días por asuntos particulares del Estatuto Básico del Empleado Público no es de aplicación al personal laboral

Nuestro Tribunal Supremo ha declarado recientemente que el permiso de seis días de asuntos particulares previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público (en adelante EBEP) no es de aplicación al personal laboral al servicio de la Administración Pública.

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Guia básica para la tramitación de nuevos procedimientos de licitación tras la entrada en vigor de la Ley 2/2011, de Economía Sostenible

La Ley 2/2011, de 4 de marzo, denominada de Economía Sostenible (en adelante LES), publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha 5 de marzo de 2011 introduce importantes novedades en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP). En las siguientes líneas se pretende realizar una primera aproximación, a modo de guía orientativa, sobre aquellas novedades normativas que deben ser valoradas a la hora de iniciar cualquier expediente de contratación, teniendo en cuenta que la citada Ley se encuentra en vigor desde el día siguiente a su publicación,

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El principio de igualdad, las tarifas de agua y su autorización por las Comunidades Autónomas

La Sentencia comentada declara contrario al principio de igualdad no es la existencia de un tarifa estructurada en bloques, sino únicamente la aplicación que se contempla en la autorización de la Comunidad Autónoma, para las tarifas aplicables por el Ayuntamiento de Murcia, en cuanto a la facturación de todos los metros cúbicos consumidos, desde el primero hasta el último, con la tarifa correspondiente al último bloque en el que se haya situado el consumo efectuado por el usuario

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